Grandes obras del siglo XX sin derechos: una tentación para lectores y editores

CURIOSIDADES

Grandes obras del siglo XX sin derechos: una tentación para lectores y editores

Agatha Christie, Freud y Proust, entre los autores de dominio público

En 2019 quedaron liberadas obras de autores como J. Conrad, E.Wharton, R. Kipling, y K. Mansfield. Cualquiera que desee ahora puede publicarlas.      

Thomas Mann (1875-1955). Escritor alemán y Nobel de Literatura, es considerado uno de los escritores europeos más importantes de su generación.

Una obra clave del misterio de Agatha Christie protagonizada por el mítico detective Hércules Poirot; un libro espiritual como El profetade Khalil Gibran; un texto fundamental del psicoanálisis como El yo y el ello de Sigmund Freud y otras de autores notables como Scott Fitzgerald; Marcel Proust Joseph Conrad ya están libres de derechos, son de dominio público. Esto significa que cualquier editor o fanático del mundo, puede publicarlos sin rendir cuentas a sus herederos. Si bien es un listado que crece año a año, cada vez que se liberan nuevos títulos, aquí resurgen autores que por su peso ya están en los planes inmediatos del mundo editorial. En una época de crisis en los números de venta de libros, ¿volveremos a leer clásicos y consagrados de todos los tiempos? 

Agatha Christie. Una de las autoras más prolíficas y vendedoras de todos los tiempos / Associated Press

La liberación de la propiedad intelectual de estas grandes obras universales repercute en particular a las publicadas entre 1923 y 1977 -un periodo fructífero en la creatividad literaria occidental-, siendo afectadas por una legislación (de 1998) mediante la cual el congreso estadounidense extendió y restableció su ley de derecho autoral por un período de veinte años más -pasó de ser de 75 a 95 años pos publicación- la protección del copyright. 

El gran Gatsby. Obra cumbre de Francis Scott Fitzgerald.NEWSLETTERS CLARÍN

La editora y escritora Mercedes Güiraldes, del Grupo Planeta, explica que el hecho de que grandes obras literarias pasen a dominio público no es algo nuevo para ninguna editorial. Y ejemplifica: “En 2015, Antoine de Saint-Exupéry entró en la lista de autores cuyo copyright ya no está protegido desde lo económico. Cuando eso sucede los seguimos publicando aunque compartamos la publicación con otros sellos, porque cada edición tiene sus marcas propias y distintivas. Es lo que hacemos con El Principito en Emecé, y notamos en las ventas que hay un público fiel”. “Siempre estamos renovando nuestro catálogo, nuevos títulos y autores se incorporan y la rueda sigue girando”, cierra Güiraldes.

«Cuando eso sucede los seguimos publicando aunque compartamos la publicación con otros sellos, porque cada edición tiene sus marcas propias y distintivas», explica Mercedes Güiraldes, de editorial Planeta.  

Entre las obras que ingresaron a dominio público el 1 de enero de 2019, junto a las de cientos de artistas, se destacan Asesinato en el campo de golf de Agatha ChristieNew Hampshire de Robert Frost; Un hijo en el frente de Edith WhartonEl inimitable Jeeves de P. G. WodehouseTarzán y el león de oro de Edgar Rice Burroughs; Caña de Jean Toomer. También, se incluyen obras de célebres autores como Wallace Stevens, Katherine Mansfield, Zelda Fitzgerald, Thomas Mann, Rudyard Kipling, D. H. Lawrence, Colette y Willa Cather, entre otros.

Sigmund Freud. «El yo y el ello», libre de derechos / Archivo Clarín

El editor Víctor Malumián, de Ediciones Godot, cuenta que aunque una parte de su catálogo está compuesto por autores en dominio público considera que lo que hacen es “lo inverso a trabajar bajo la noticia de que se liberan sus derechos: es estar pendientes de determinados autores, comenzar a trabajar la traducción, la recopilación y tener todo listo para cuando sucede. El eje siempre está en el autor y no en las fechas”.

A favor de esta nueva apertura se encuentran comerciantes y lectores. Miguel Avila, dueño de la histórica librería que lleva su apellido (también conocida como ex Librería del Colegio), dice al respecto que “es contraproducente que no sean libres los derechos de autoría”. Y lo argumenta: “Habría que buscar un punto equidistante, muchos autores terminan siendo pirateados. No se tiene un control sobre este flagelo que es el robo de libros y perjudica a todos los sectores involucrados. Una forma de controlarlo, como consumidor, es exigir siempre la factura”.

Marcel Proust fotografiado por Otto-Pirou. Cinco años después comenzaría a escribir su genial “En busca del tiempo perdido”.

El librero de Monserrat, que en sus más de 50 años de experiencia frecuentó a autores como Bioy Casares, además sostiene que “los derechos de las obras deberían ser más accesibles, las familias tendrían que cobrar lo mismo que los autores recibían, hay casos en que los herederos piden cifras siderales (por ejemplo pasó con Horacio Quiroga)”. “Tendría que estar primero la permanencia del autor y no privar de sus textos a los mayores consumidores de la cultura y los que más sufren: la gente de clase baja y media”, cierra Avila.

“Los derechos de las obras deberían ser más accesibles, las familias tendrían que cobrar lo mismo que los autores recibían, hay casos en que los herederos piden cifras siderales», revela Miguel Avila, dueño de la histórica librería.

En la Argentina este año ingresan los autores (con la totalidad de su obra) que hayan fallecido en 1948, ya que a nivel nacional rige la Ley de Propiedad Intelectual Nº 11.723, la cual dicta que deben pasar 70 años desde el fallecimiento del autor contados a partir del 1 de enero del año siguiente, cuando pasan a ser efectivamente de dominio público. Según el Convenio de Berna, bajo el que se regulan internacionalmente estos derechos de autor, si bien lo estándar son 70 años las fechas varían de país en país. La ley se aplica bajo la premisa de que rige el plazo de protección más corto del país -entre los 176 signatarios- de origen de la obra.

Esto repercute positivamente en los casos en que es beneficioso el plazo de la ley extranjera, cuando el autor murió muchos años después de que publicó mayormente su obra, en vez del local. Sin embargo en la Argentina existe lo que se conoce como dominio público pagante, por lo que la explotación de obras libres del derecho de autor implica el pago de un gravamen destinado al Fondo Nacional de las Artes (FNA). Según una abogada del FNA, experta en propiedad intelectual, “las editoriales a veces se limitan a los plazos internacionales del uso de esos derechos para evitar algún problema, en caso de exportar la obra, a nivel mundial”.

Katherine Mansfield. Laureada autora de origen neozelandés / Archivo Clarín KATHERINE MANSFIELO-ESCRITORA FOTO RUSCONI Y PAOLAZZI

Un ejemplo emblemático a nivel mundial, de cuando resulta beneficioso localmente el plazo del país de pertenencia de los derechos de autor de una obra, es el caso de la “ley de Mickey” (que protege a Steamboat Willie, la primera película de Disney -de 1928- con la aparición de su famoso ratón), que resultará provechoso para quienes deseen utilizarlo aquí. Esto es posible ya que al contarse esa fecha de caducidad de su derecho de autor, acá se liberarán al dominio público en 2024 -mucho antes de lo que sucedería en el caso de regir el plazo local-. 

«Tenemos una colección de Cuentos Selectos que funciona como una nueva forma -para el lector- de entrarle a esos textos clásicos», cuenta Sebastián Lidijover, de Edhasa. 

Otros ejemplos de cómo talla la ley a nivel local: “aquí la obra de Mann aún no es de dominio público y la de Conrad lo es hace años”, dice Sebastián Lidijover, jefe de Prensa y comunicación de Edhasa. Y agrega: “Aunque los autores que se liberan son más de catálogo, tenemos una colección de Cuentos Selectos que funciona como una nueva forma -para el lector- de entrarle a esos textos clásicos. Más allá que puedan haber varias editoriales publicando algún autor, en esa colección lo que se busca es un abordaje distinto. No es que se seleccionen solo escritores de dominio público pero allí vamos publicando libros a los que les damos un tratamiento de novedad, siempre con un prólogo y selección hecha por algún escritor o referente del tema».

La yapa: Gerardo Matos Rodríguez, el autor uruguayo del hit tanguero de todos los tiempos La cumparsita, es uno de los principales creadores que quedó en dominio público este año…

Editó: V.A.